Resumen: No existen dudas sobre la existencia de relación laboral que concurre entre los 15 trabajadores y su empleador. El núcleo esencial de esta litis está en determinar quién es la persona del empleador, sin que esa laboralidad se haya discutido al caso. Esta determinación de inexistencia de relación laboral, por simulación de la misma, de la que parte la Administración, entre la empresa Evaristo y don Anselmo no puede acordarla por sí misma la Administración, sino que debe acudir a la vía de la jurisdicción social, máxime cuando se opone el beneficiario, el trabajador, a considerar simulada esta relación laboral.
Resumen: INDEMINIZACION DAÑOS Y PERJUICIOS-RESPONSABILIDAD